Yo normo, Tú normas, Él norma, Ellos norman, Nosotros normamos.

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Hace ya varios meses que, por medio de mi twitter, estoy haciendo críticas (e intento que sean constructivas) sobre los trabajos de señalización semaforización y gestión del tránsito en general que se han hecho y se continúan haciendo en Lima.

Los dispositivos de control de tránsito (señales, marcas en el pavimento, semáforos, etc.) obedecen a una norma nacional: El Manual de Dispositivos de Control del Tránsito Automotor en Calles y Carreteras que es emitido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y que de ahora en adelante será referido como «El manual del MTC» en este texto. Cualquier dispositivo que se instale tiene que cumplir con esta norma de manera obligatoria, de lo contrario no tendría validez legal y podría no tener sustento técnico, lo cual lo haría innecesario y un desperdicio de fondos públicos en el mejor de los casos, o un peligro latente para los conductores y transeúntes en el peor de los casos.

En mis recorridos* por los diferentes distritos de Lima he notado una cantidad enorme de discrepancias y violaciones al manual con respecto a la señalización, los semáforos, y otros dispositivos de control del tránsito. Por eso decidí darle una leída a la Ley Orgánica de Municipalidades para ver qué era lo que decía sobre las funciones municipales con respecto al tránsito y si era apropiado responsabilizarlas por dichas violaciones.

Ahí encontré lo siguiente en el Artículo 81°, numeral 1.3 sobre las funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales:

Las municipalidades ejercen las siguentes funciones:

«Normar, regular, organizar y mantener los sistemas de señalización y semáforos y regular el tránsito urbano de peatones y vehículos»

Pareciera que, dependiendo de lo que uno decida interpretar por «Normar», una municipalidad (provincial) podría inventarse un tipo diferente de semáforo y hacerlo pasar como norma a pesar que ya existe una norma vigente al respecto: El Manual del MTC.

Es eso exactamente lo que ha hecho la Municipalidad Metropolitana de Lima con el Decreto de Alcaldía N°017 (DA 017-2009), cuya existencia me la hizo conocer un amigo tuitero: @EdgarSotelo.

Este decreto contiene especificaciones técnicas pertinentes al diseño, instalación, y programación de semáforos que están ausentes en el Manual del MTC y deberían quizás ser incluídas. Sin embargo también contradice algunos aspectos ya normados por el manual del MTC, se traslapa con otros, e incluye dispositivos que, al no estar contemplados por el manual del MTC, no tendrían valor legal y podrían inclusive ser peligrosos para los usuarios (específicamente me refiero a las cuentas regresivas en semáforos para vehículos). Más aún, el DA 017-2009 hace referencia directa, en su primera página al artículo 81° y numeral 1.3 que mencioné y lo utiliza como sustento legal para presentar el documento:

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Cuando leí la Ley Orgánica y luego este Decreto de Alcaldía decidí que había estado equivocado. Todo este tiempo he venido diciendo que la MML no puede ni debe inventar señales o instalar semáforos como les venga en gana y sin embargo parece que la Ley Orgánica de Municipalidades les otorga la autoridad para hacer exactamente eso. Pero luego decidí leer la Ley Orgánica más detenidamente y encontré algo interesante (léase confuso). Más abajo, en el mismo artículo 81° sobre las funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales, en el numeral 1.10, dice:

«Instalar, mantener y renovar los sistemas de señalización de tránsito en su jurisdicción, de conformidad con el reglamento nacional respectivo.»

Entonces no estaba yo equivocado y sí está claro… Bueno, más o menos claro, porque es función de la municipalidad provincial «Normar, regular, organizar y mantener los sistemas de señalización y semáforos» PERO (así en mayúsculas) también debe «Instalar, mantener y renovar los sistemas de señalización de tránsito en su jurisdicción, de conformidad con el reglamento nacional respectivo.» y el «reglamento nacional respectivo» son dos: El Manual del MTC y el Reglamento Nacional de Edificaciones que hace referencia al primero como documento normativo para temas de señalización y semáforos.

Esto muestra claramente la necesidad urgente de tener una entidad que unifique la normativa en temas de seguridad vial, señalización, semáforos, diseño vial, etc. Llámese «Autoridad Única», «Autoridad Ad-hoc», «Entidad Especializada» o como fuera. De lo contrario acá todos, y nadie, «norman».

Entonces, aún me queda la duda: ¿Qué es lo que la ley orgánica quiere decir con «Normar»? ¿Alguien me lo explica? (con ejemplos por favor).


*Mis «recorridos» los procuro hacer en persona pero, como la mayor parte del tiempo no estoy en Lima, muchos de ellos los he tenido que hacer en Google Street View.

3 comentarios en “Yo normo, Tú normas, Él norma, Ellos norman, Nosotros normamos.

  1. Esta muy interesante tu blog. Una voz meritorica cuando todos tratan de ser especialistas en el, en realidad, complicado tema del transporte. A mi parecer el mismo reglamento sobre las señales es incompleto e incoherente. Por ejemplo el concepto de limite de velocidad (señales reguladoras). En Europa tiene validez desde el punto donde esta colocada hasta la intersección mas cercana. Después, si se quiere seguir con el limite hay que repetir la señal. Si no se repite, el limite pierde validez. Y es lógico porque ¿como sabrán los que vienen por la otra calle sobre el limite colocado una cuadra antes? Aquí mencionaría también la señal ‘fin de restricción’ usada especialmente en carreteras para indicar el retorno del limite de velocidad nominal para el tipo de vía.
    Hace falta la señal advertencia sobre algún peligro no tipificado en forma de exclamación. Así se evitaría las señales ‘despacio’, ‘peatones’ etc. esta información se podría colocar en una placa rectangular debajo de la señal de advertencia. Hay mas cosas…

    • Así es. El manual de dispositivos de control del tránsito automotor del MTC es una adaptación del Manual On Uniform Traffic Control Devices de los EEUU de 1971. Desde entonces el manual estadounidense ha sigo revisado seis veces, la ultima en el 2009. El manual peruano esta totalmente atrasado y es inadecuado en muchísimos puntos. Sé que está por salir una nueva versión. Esperemos que no tenga las mismas carencias.

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